Legal
Código de Conducta de Akila Inmobiliaria
Última actualización: 12 de mayo de 2026
1. Propósito
El presente Código de Conducta (en adelante, el "Código") establece los principios éticos, los estándares de comportamiento y las obligaciones de cumplimiento que rigen las actuaciones de quienes se relacionan con Akila CR Experiencias Inmobiliarias SRL, cédula jurídica 3-102-886685 (en adelante, "Akila" o la "Empresa"), en el desarrollo de su actividad inmobiliaria en la República de Costa Rica.
El Código orienta la toma de decisiones, previene riesgos legales y reputacionales, y promueve una cultura organizacional fundada en la integridad.
2. Alcance
El Código aplica a:
- Personas socias, directoras, administradoras y gerentes.
- Personal empleado, bajo cualquier modalidad contractual.
- Personas contratistas, consultoras y proveedoras de bienes y servicios.
- Aliados comerciales, brokers, agentes inmobiliarios y representantes que actúen en nombre o beneficio de Akila.
La aceptación y cumplimiento del Código es condición para mantener vínculos contractuales con Akila.
3. Valores
- Integridad: actuar con honestidad y coherencia entre lo que se dice y lo que se hace.
- Transparencia: brindar información veraz, clara y oportuna a clientes, autoridades y aliados.
- Respeto: reconocer la dignidad de cada persona, sin distinción.
- Sostenibilidad: desarrollar proyectos responsables con el ambiente y las comunidades.
- Calidad: entregar unidades y servicios conforme a los estándares ofrecidos.
4. Cumplimiento legal y regulatorio
Todas las personas sujetas al Código deben cumplir las leyes, reglamentos y normas técnicas aplicables en Costa Rica, en particular las relativas a actividad inmobiliaria, urbanismo, construcción, propiedad en condominio, consumo, datos personales, laboral, tributario y prevención de delitos. El desconocimiento de la norma no exime de responsabilidad.
5. Lucha contra el fraude, la corrupción, el soborno y el conflicto de interés
5.1 Cero tolerancia
Akila adopta una política de cero tolerancia frente al fraude, la corrupción y el soborno, en sintonía con la Ley 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, y la normativa penal aplicable.
5.2 Prohibiciones
Queda prohibido:
- Ofrecer, prometer, otorgar, solicitar o recibir, directa o indirectamente, dinero, regalos, dádivas, comisiones, viajes, favores o cualquier ventaja indebida, con el fin de obtener o conservar un negocio o un trato preferente.
- Realizar pagos de facilitación para acelerar trámites administrativos.
- Falsear registros contables, comerciales, financieros o regulatorios.
- Utilizar intermediarios para evadir las prohibiciones del Código.
5.3 Atenciones y obsequios
Las atenciones, obsequios u hospitalidades deben ser razonables, ocasionales, transparentes, conformes a los usos comerciales legítimos y nunca destinadas a influir indebidamente.
5.4 Conflicto de interés
Las personas sujetas al Código deben evitar situaciones en que sus intereses personales, familiares o económicos puedan comprometer su objetividad. Todo conflicto real, potencial o aparente debe ser declarado por escrito a la jefatura inmediata o al Comité de Ética antes de tomar cualquier decisión relacionada.
6. Prevención de la legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo
Akila cumple las obligaciones derivadas de la Ley 8204, sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, y normativa conexa. Por dedicarse al desarrollo y comercialización de proyectos inmobiliarios, Akila califica como sujeto obligado dentro de la categoría de Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD), conforme al artículo 15 bis de la Ley 8204 y a los artículos 51 y siguientes de su Reglamento.
En consecuencia:
- Se aplica debida diligencia del cliente (DDC) y conocimiento del beneficiario final.
- Se documenta el origen de los fondos en transacciones de reserva, promesa y compraventa.
- Se reportan operaciones sospechosas conforme a la normativa.
- Está prohibido recibir pagos en efectivo por montos superiores a los permitidos legalmente o por canales no trazables.
7. Trato a clientes y proveedores
7.1 Clientes
El relacionamiento con clientes se rige por la Ley 7472, Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor. Se garantiza información veraz, suficiente, clara y oportuna sobre las unidades, precios, condiciones contractuales, plazos y garantías; trato digno; y respeto a los derechos del consumidor.
7.2 Proveedores
La selección de proveedores se realiza con criterios objetivos de calidad, precio, cumplimiento, sostenibilidad e idoneidad ética. Se promueve la libre competencia y se prohíbe cualquier práctica colusoria o anticompetitiva.
8. Ambiente laboral
8.1 No discriminación
Akila promueve la igualdad de oportunidades y rechaza toda forma de discriminación por razón de género, edad, orientación sexual, identidad de género, etnia, nacionalidad, religión, opinión política, condición de salud, discapacidad, estado civil o cualquier otra condición.
8.2 Prevención del hostigamiento sexual
Akila aplica la Ley 7476, contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia. Toda conducta de hostigamiento sexual está prohibida y será investigada y sancionada conforme al procedimiento interno y a la ley.
8.3 Prevención del acoso laboral
Akila rechaza cualquier conducta de acoso laboral, en los términos de la Ley 9343, Reforma Procesal Laboral, y normativa conexa. Las personas trabajadoras pueden denunciar tales conductas sin temor a represalias.
8.4 Salud y seguridad
Akila promueve entornos de trabajo seguros, saludables y respetuosos, cumpliendo la normativa de salud ocupacional aplicable a oficinas y obras.
9. Confidencialidad y manejo de información
Las personas sujetas al Código deben proteger la información confidencial de Akila, de sus clientes, aliados y colaboradores. El tratamiento de datos personales se efectúa conforme a la Ley 8968, Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales y su Reglamento Decreto 37554-JP, bajo la supervisión de la PRODHAB.
Está prohibido divulgar, utilizar en beneficio propio o de terceros, o extraer indebidamente información reservada, técnica, comercial, financiera o personal.
10. Uso de los activos de la Empresa
Los recursos, sistemas, equipos, correos corporativos, marcas, renders, planos, bases de datos y demás activos de Akila deben utilizarse de forma diligente, exclusivamente para fines empresariales legítimos. Está prohibido su uso para actividades ilícitas, contrarias a este Código o ajenas a las funciones asignadas.
11. Relaciones con autoridades y funcionarios públicos
Las relaciones con autoridades, instituciones públicas, municipalidades y funcionarios se conducen con respeto, transparencia y estricto apego a la legalidad. Está prohibido influir indebidamente en decisiones públicas, así como ofrecer cualquier ventaja a personas funcionarias en contravención de la Ley 8422.
Toda interacción significativa con autoridades debe documentarse adecuadamente.
12. Sostenibilidad y comunidad
Akila promueve prácticas de construcción y operación responsables con el ambiente, el uso eficiente de recursos, el cumplimiento de la normativa ambiental costarricense y el respeto por las comunidades donde desarrolla sus proyectos, en especial en los entornos de K-nova Rohrmoser y Kuatro Condominio.
13. Canales para reportar incumplimientos: Línea Ética
Cualquier persona que tenga conocimiento o sospecha fundada de un incumplimiento del presente Código, de la ley o de las políticas internas de Akila, puede reportarlo a través de la Línea Ética:
- Correo: notificaciones@akila.cr
- Teléfono / WhatsApp: +506 7020 0730
Garantías de la Línea Ética:
- Confidencialidad sobre la identidad de la persona denunciante y la información reportada.
- No represalias contra quien reporte de buena fe.
- Investigación imparcial por parte del Comité de Ética.
- Posibilidad de reportes anónimos, dentro de los límites de lo investigable.
14. Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento del Código podrá dar lugar a medidas disciplinarias, contractuales y/o legales, según la naturaleza y gravedad del caso, incluyendo amonestaciones, terminación de la relación laboral o contractual con responsabilidad de la persona infractora, y las acciones civiles o penales que correspondan. Las sanciones se aplicarán observando el debido proceso.
15. Vigencia y actualizaciones
El presente Código entra en vigor en la fecha de su última actualización indicada al inicio y permanecerá vigente hasta que sea modificado o sustituido. Akila lo revisará periódicamente y publicará las versiones actualizadas a través de sus canales internos y, cuando corresponda, en el sitio akila.cr.
16. Aprobación
Aprobado por el Comité de Ética y la Gerencia General de Akila CR Experiencias Inmobiliarias SRL, cédula jurídica 3-102-886685.
17. Contacto
- Akila CR Experiencias Inmobiliarias SRL
- Heredia Centro, 150 metros al oeste de la Escuela de la Puebla, Avenida Joaquín Gonzalez Flores
- ventas@akila.cr · notificaciones@akila.cr · +506 7020 0730